Los días 22 y 23 de agosto, el Comité de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad sostuvo el primer diálogo interactivo con representantes del Estado de Guatemala, con el cual se examinó el nivel de avances en el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) en el país.
El Comité, integrado por 18 expertos independientes provenientes de todo el mundo, sostuvo un diálogo de seis horas, con los representantes de los Ministerios de Desarrollo social y de Educación, del Consejo Nacional para la Atención de Personas con Discapacidad (CONADI) y de la Comisión Presidencial para los Derechos Humanos (COPREDEH).
Guatemala ratificó la CDPD en abril de 2009, y en concordancia con el artículo 35.1 de la CRPD, presentó su informe inicial sobre el cumplimiento de la misma, en noviembre de 2013. El Comité sostuvo el mencionado diálogo durante su 16º período de sesiones, y en las recomendaciones y observaciones finales que adoptó hacia Guatemala, se destacan los puntos siguientes.
Guatemala se encuentra en la casilla número 128 del índice de desarrollo humano medido por el PNUD; su precariedad económica y marcadas deficiencias materiales no son, de ninguna manera, justificación para dejar de cumplir con los derechos humanos de las personas con discapacidad, pero más grave y sancionable es, que no se puede violar tales derechos bajo tal justificación.
El Comité expresó su profunda preocupación por la situación de personas con discapacidad institucionalizadas, particularmente, como único modelo de abordaje de la discapacidad que se perpetúa a través de los programas internacionales de cooperación y voluntariado. Destacó la grave vulneración de derechos, que incluye actos considerados tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes, que ocurren de manera sistemática en el Hospital Nacional de Salud Mental “Federico Mora”, y la poca voluntad política demostrada por las autoridades e instituciones responsables, por avanzar con el cumplimiento de las medidas cautelares ordenadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para proteger las vidas e integridad personal de personas internas en tal institución.
Según los representantes del Estado, dichas medidas han sido parcialmente cumplidas, mencionando el traslado de 21 pacientes geriátricos fuera del hospital “Federico Mora” hacia la Fundación Esperanza de Vida ubicado en el departamento oriental de Zacapa. Pese a la insistencia del Comité en resaltar el hecho de que la privación de libertad se mantiene, se evidenció la poca comprensión de parte de los representantes del CONADI, que indicaron tener la certeza de que tal institucionalización se hizo bajo el enfoque de derechos.
De igual manera, se destacó el alto número de niños y niñas con discapacidad que se encuentran en situación de abandono. A modo de ejemplo, la relatora del país, la española Ana Peláez Narváez, señaló la fuerte tendencia al “volunturismo”, que definió como el lucro que realizan las instituciones no gubernamentales al cobrar a los voluntarios extranjeros cuotas mensuales para desarrollar dicho “voluntariado”, perpetuando la institucionalización. En las instituciones señaladas, de carácter tanto público como privado, tal como las Obras Sociales del Santo Hermano Pedro localizado en la ciudad de Antigua, el Hogar Seguro y el Centro Psicopedagógico, ambos bajo la administración de la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia, albergan a un alto número de niños, niñas y adolescentes con discapacidades diversas, pero principalmente discapacidades intelectuales y psicosociales, prevalece la inactividad: los niños, niñas y adolescentes se encuentran incluso en camas-jaula, trato considerado inhumano bajo estándares de derechos humanos. Los internos no reciben ningún programa educativo ni de rehabilitación, y la mínima atención en salud es incluso escasa y de baja calidad.
Para agravar la institucionalización de las personas con discapacidad, tanto si éstas son niños, adolescentes, adultos o personas mayores, en el momento de ser institucionalizados, pierden su capacidad jurídica ya que la regulación de la institucionalización designa de manera oficiosa al director o directora de tal institución, como el tutor legal de las personas bajo su responsabilidad administrativa. Tal designación legal, que se lleva a cabo sin mediación de orden judicial alguna, le otorga el derecho al tutor, de decidir sobre intervenciones médicas o quirúrgicas, tratamientos invasivos e incluso la esterilización. El consentimiento libre e informado que deben proporcionar las personas con discapacidad, y que bajo la CRPD se constituye como factor indispensable para el cumplimiento de los derechos humanos, no ha sido siquiera concebido dentro de los planes a corto o mediano plazo de las autoridades gubernamentales.
La recomendación que el Comité le hace a Guatemala es muy directa y concisa, pero contundente. Literalmente, le urge a:
a) Definir urgentemente una estrategia de desinstitucionalización para personas con discapacidad, con plazos, recursos suficientes y medidas de evaluación específicas;
b) Asignar recursos suficientes para el desarrollo de servicios de apoyo incluyendo la asistencia personal en las comunidades locales que permitan a todas las personas con discapacidad, independientemente de su discapacidad, el género o la edad, elegir libremente con quién, dónde y en qué modalidad de convivencia vivirán;
c) Proporcionar apoyo a las familias de niños y niñas con discapacidad para impedir la desintegración de la familia y su colocación en instituciones; y
d) Abolir la colocación de niños y niñas de todas las edades bajo el cuidado de instituciones.
En realidad, el Comité adoptó un documento con observaciones finales dirigidas a contribuir al mejor cumplimiento de todos los derechos humanos de las personas con discapacidad consagrados en la CRPD. Sin embargo, la situación de la institucionalización y las consecuencias derivadas de ella, así como las graves violaciones a los derechos de las personas colocadas en tales instituciones, fue preocupación priorizada durante el examen de país. Para el Comité, y para los más activos defensores de los derechos humanos, es indudable que la desinstitucionalización debe ser priorizada, así como la garantía de la existencia de condiciones mínimas para que todas las personas con discapacidad, independientemente de su deficiencia o necesidades de apoyo, puedan vivir independientemente y ser incluídos en la comunidad.
Pueden descargar las observaciones finales a Guatemala aqui
Pueden ver las grabaciones del diálogo:
Dialogo con Guatemala parte 1: Presentacion inicial del Vice Ministro de desarrollo social & Presentacion de Ana Pelaez sobre la situacion en Guatemala
Dialogo parte 2 y conclusiones